Este domingo 1 de junio se realizarán las primeras Elecciones Judiciales y una media para garantizar el orden durante los comicios es la Ley Seca, te revelamos cuándo empieza y en qué lugares se aplicará.
Todos tenemos alguna celebración especial que seguro no quieres que pase desapercibida con unos tragos y comida rica, sin embargo, este fin de semana tendrás que buscar una alternativa o pasarla para otra fecha.
Cuándo empieza y en qué lugares se aplicará la Ley Seca por la Elección Judicial 2025
La Secretaría de Gobierno de la CDMX dio a conocer, a través de la Gaceta Oficial, el acuerdo mediante el cual se ordena la suspensión de la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones desde las 00:01 horas del 31 de mayo de 2025 hasta las 23:59 horas del 1 de junio de 2025, con motivo de la Jornada Electoral 2025.
Esta medida se aplicará en todo el territorio de la CDMX y será vigente en establecimientos como bodegas, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, departamentales, y cualquier otro establecimiento similar donde se comercialicen bebidas alcohólicas.
Sin embargo, la disposición exceptúa el consumo de bebidas alcohólicas en envase cerrado cuando sea acompañado de alimentos y dentro de los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la CDMX. Esto incluye restaurantes, salones de fiestas, hoteles, clubes privados, salas de cine, teatros y auditorios, siempre y cuando sea dentro del horario autorizado.

Pero no solo en CDMX se elegirán por primera vez a jueces y juezas, magistradas y magistrados o integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, sino que también incluye a estados como:
- Hidalgo
- Tabasco
- Veracruz
- Coahuila
- Durango
- Estado de México
- Oaxaca
- Aguascalientes
- Puebla
- Michoacán
- Edomex
- Nuevo León
- San Luis Potosí
- Sonora
- Veracruz
- Yucatán
Qué pasa si no se cumple con la Ley Seca
La Gaceta Oficial de la Ciudad de México advierte que aquellos establecimientos que violen la Ley Seca durante la Jornada Electoral 2025 serán sancionados conforme a lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles.
De acuerdo con el artículo 63 de dicha ley, en caso de detectarse la venta o expendio de bebidas alcohólicas en contravención a lo establecido, la autoridad competente procederá de inmediato al aseguramiento de las bebidas, elaborando un inventario y trasladándolas al sitio de resguardo designado. El titular del establecimiento recibirá una copia del inventario al momento del aseguramiento.
Asimismo, el artículo 64 establece que la sanción económica será equivalente de 25 a 125 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Considerando que el valor actual de la UMA es de 113.14 pesos, la multa podría oscilar entre 2,828.50 pesos y 14,142.50 pesos.
Es importante señalar que esta sanción únicamente aplica a los establecimientos que infrinjan la Ley Seca en el marco de las disposiciones por la Elección Judicial 2025.
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